Domiciliación bancaria

Objeto

– Domiciliación bancaria de recibos periódicos de los impuestos o tasas de Contribución, Circulación, I.A.E. y Vados.

Solicitantes/Beneficiarios

– Cualquier persona física o jurídica interesada.

Requisitos

– Ser contribuyente o titular del recibo de los bienes.

Inscripción/Solicitud

– En la oficina: si no se especifican los impuestos que se quieren domiciliar en dicha cuenta, se domiciliarán todos los impuestos periódicos a nombre del solicitante que emita el Ayto.
– Hay que hacer una solicitud por cada titular de recibo aunque sea para el mismo bien o aunque sean familia.
– La solicitud debe hacerse al menos con 2 días de antelación a la fecha de finalización del período de pago voluntario, en caso contrario, la domiciliación no tendrá efectos a partir de ese recibo sino de los siguientes que se emitan.

Documentación a presentar

– Modelo de solicitud rellenado.
– Instancia general firmada por la persona solicitante o su representante.

Dónde se puede consultar el estado de la tramitación

Se puede consultar en la Carpeta ciudadana – Mis expedientes.